Legalización de aparatos a presión

7 Sep, 2021

La seguridad industrial cada vez está cobrando más importancia, por ello los equipos instalados en la fábrica tienen que estar correctamente instalados y legalizados. Es muy probable que en algún momento te hayas planteado qué reglamento atañe a los equipos de presión y cómo se lleva a cabo este proceso.

Te lo explicamos:

En el caso de los aparatos a presión se aplica el Reglamento de Equipos a Presión vigente, que fue aprobado por el Real Decreto 2060/2008 del 12 de diciembre de 2008. Este establece prescripciones para la instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones de los mismos.

El objeto de este Reglamento es el establecimiento de las normas y criterios de seguridad para la correcta utilización de los equipos.

 

¿Dónde se aplica?

El Reglamento establece como equipos a presión:

  • Aparatos a presión
  • Recipientes a presión simples
  • Equipos a presión conjuntos
  • Tuberías
  • Recipientes a presión transportables

Por otro lado, en dicho Reglamento también se aprueban Instrucciones técnicas complementarias (ITC), EP-1 A EP-5, dirigido a los siguientes equipos:

  • Calderas
  • Centrales generadoras
  • Refinerías de petróleos
  • Plantas petroquímicas
  • Depósitos criogénicos
  • Botellas de equipos respiratorios autónomos
  • Recipientes a presión transportables

Todos ellos con presión máxima admisible superior a 0,5 bares cuya instalación y puesta en servicio se hubiese efectuado con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto, seguirán rigiéndose por las prescripciones técnicas que aplicaron en el momento en su puesta en servicio.

 

A tener en cuenta

En relación al diseño de las instalaciones, estas tendrán que tener en cuenta todos los factores que garanticen la seguridad durante su vida. Asimismo, el diseño tendrá que incluir los coeficientes adecuados de seguridad para prevenir de manera coherente todo tipo de fallos.

Para poder realizar las actividades, las empresas que instalen equipos a presión deben estar habilitadas para su actividad. Por ello, antes de la instalación se han de comprobar tanto la documentación técnica, como las instrucciones de los fabricantes de los equipos.

Instalación

Para las instalaciones hay que tener en consideración el riesgo de cada instalación. En las de menor riesgo será suficiente con la documentación que se indica en el Anexo II del Reglamento. Por el contrario, las de mayor riesgo requerirán de la presentación de un proyecto, que se presentará ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

Cabe destacar que el Reglamento no recoge la implantación de equipos a presión compactos móviles que no necesiten elementos fijos ni tengan que estar conectados a otros equipos a presión fijos o que requieran de conexión eléctrica. Igualmente, los cambios de emplazamiento de las instalaciones se consideran como una nueva instalación.

 

Funcionamiento

Tras acabar con la instalación, se pasa a la puesta en marcha de las instalaciones que requieren del siguiente proceso:

  1. Acreditación previa de las condiciones de seguridad de la instalación ante el órgano competente de la comunidad autónoma a la que corresponda presentando la documentación pertinente
  2. Realizar pruebas para comprobar el funcionamiento antes de poner en marcha el equipo.
  3. En el caso de que el equipo sufra alguna anomalía durante su manipulación y pueda afectar al mismo, o tenga algún fallo, se deberán hacer los ensayos y pruebas necesarios hasta que garanticen su total seguridad.

IFISA cuenta con una dilatada experiencia en el apartado legal y más concretamente en el proceso de legalización de aparatos a presión. Contamos con un apartado legal en el que nos encargamos de legalizar tus equipos a presión, partiendo siempre de tus necesidades, para así evitar penalizaciones.

En IFISA te acompañamos en todo el proceso de legalización y te ayudamos a resolver todas tus dudas.

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